
Un informe especial elaborado por la firma Vector Financiero reveló las sombras del Régimen de Incentivo para Medianas Inversiones (RIMI), la herramienta impositiva aprobada dentro del Título XXIII de la Ley de Reforma Laboral (Ley 27.802). Si bien el régimen busca acelerar la compra de maquinaria y obras productivas mediante incentivos fiscales, su diseño fija montos mínimos de inversión que resultan inalcanzables para la enorme mayoría de las micro y pequeñas empresas del país, sobre todo en provincias como Salta.
El beneficio —que estuvo demorado casi seis meses hasta la habilitación de la plataforma de ARCA a finales de agosto de 2026— permite la amortización acelerada de bienes en dos años en lugar de cinco y habilita la devolución anticipada del IVA, sujeta a un cupo presupuestario anual.
Las exigencias de ingreso: una brecha con la realidad PyME
El principal cuestionamiento del informe se enfoca en los elevados pisos de inversión requeridos para acceder a los beneficios tributarios. Salvo para rubros específicos exceptuados, los montos mínimos fijados por la normativa son:
- Microempresas: USD 150.000
- Pequeñas empresas: USD 600.000
- Medianas empresas (Tramo I): USD 3.500.000
- Medianas empresas (Tramo II): USD 9.000.000
De acuerdo con el estudio, el 95,7% del entramado PyME de Salta (unas 22.970 empresas) se compone de microempresas, cuya escala operativa típica —con un promediado de 5 empleados por firma— difícilmente logre movilizar los USD 150.000 requeridos para ingresar al esquema general.
Estructura estimada del universo PyME en la provincia de Salta (Sobre 24.000 empresas)
├─ Microempresas (95,7%) : 22.970 firmas [Exigencia: USD 150.000]
├─ Pequeñas empresas (3,7%) : 888 firmas [Exigencia: USD 600.000]
├─ Medianas Tramo I (0,6%) : 135 firmas [Exigencia: USD 3.500.000]
└─ Medianas Tramo II (0,03%) : 7 firmas [Exigencia: USD 9.000.000]
Retorno financiero: la diferencia del beneficio
Para las firmas que sí logran financiar la inversión mínima exigida, la ventaja patrimonial durante el primer año es sustancial. El informe detalla el monto que recupera la empresa por vía impositiva según su categoría:
| Categoría MiPyME | Inversión Mínima Requerida | Crédito de IVA Recuperable (21%) | Deducción Extra en Ganancias (1° Año) |
| Microempresa | USD 150.000 | USD 31.500 | USD 45.000 |
| Pequeña empresa | USD 600.000 | USD 126.000 | USD 180.000 |
| Mediana Tramo I | USD 3.500.000 | USD 735.000 | USD 1.050.000 |
| Mediana Tramo II | USD 9.000.000 | USD 1.890.000 | USD 2.700.000 |
La excepción para el agro y las oportunidades en la Puna
Pese a los estrictos umbrales de ingreso, el informe de Vector Financiero identifica un «atajo» clave para la economía salteña: el artículo 181 de la ley exceptúa de monto mínimo a inversiones en sistemas de riego agrícola, mallas antigranizo, bienes de alta eficiencia energética y reproductores ganaderos, permitiendo deducir el 100% de la inversión en el primer año.
«Las economías regionales salteñas —como el tabaco, los porotos, las hortalizas y la vitivinicultura de los Valles Calchaquíes— están expuestas al granizo y a la sequía. Esa excepción es hoy la puerta más concreta que tiene el RIMI en la provincia», explica el informe firmado por la Cra. Soledad Linares.
En la misma línea, los bienes para generación distribuida de energía renovable tampoco exigen un piso financiero, lo que representa una oportunidad directa para la Puna salteña dada su alta radiación solar. En tanto, para el sector industrial, el RIMI surge como una alternativa para que las pymes proveedoras de proyectos de litio y minería (Rincón, Sal de Oro, Diablillos) adquieran equipamiento pesado y tornos para abastecer la demanda de las grandes operadoras.


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