
Los trabajadores de la industria minera percibirán en septiembre de 2026 un nuevo ajuste salarial tras las negociaciones paritarias lideradas por la Asociación Obrera Minera Argentina (AOMA). La pauta salarial contempla una suba escalonada que se terminará de liquidar en octubre, diferenciada según la rama de actividad dentro del sector.
El incremento general pactado para los convenios 53 y 54/89 establece un reajuste total del 8% a abonarse entre septiembre (4%) y octubre, mes en el que el salario promedio de este grupo alcanzará los $1.100.000. Por su parte, la rama de Minería Extractiva acordó una suba acumulativa del 7,5% —con la liquidación de un 2,5% este mes—, elevando la remuneración promedio a $1.460.000, suma a la que se le adicionan beneficios y adicionales de convenio.
Disparidad salarial y caída del poder adquisitivo en el mercado laboral
Los incrementos en la minería se dan en un contexto de retracción del poder de compra general. Según el informe «Panorama mensual del trabajo registrado», elaborado por la Secretaría de Trabajo sobre la base del SIPA, el salario real promedio del empleo privado registrado sufrió una caída del 2,4% interanual, mientras que las remuneraciones acordadas en los principales convenios colectivos cayeron un 5,2% en términos reales.
El relevamiento oficial muestra una brecha marcada entre las distintas actividades del sector privado, con 17 convenios registrados en terreno negativo:
| Sector / Convenio | Variación del Salario Real |
|---|---|
| Metalúrgicos | -10,9% |
| Textiles | -10,7% |
| Comercio | -10,5% |
| Calzado | -9,8% |
| Seguridad privada | -9,3% |
| Camioneros | +3,2% |
| Encargados de edificios | +4,2% |
Dinámica paritaria y proyectos oficiales
Las negociaciones paritarias mantienen en su mayoría esquemas de revisión trimestral, aunque diversas organizaciones sindicales han comenzado a incorporar cláusulas de ajuste atadas de forma directa al índice de precios.
En paralelo a las discusiones del sector minero, trascendió que el Poder Ejecutivo evalúa impulsar la fijación de un piso salarial mínimo garantizado de $1.000.000 dentro de las convenciones colectivas de trabajo para contener la pérdida de ingresos en las actividades más postergadas.
Con información de La 100.


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