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Con foco en el litio y el cobre, Javier Milei flexibilizó por decreto la Ley de Minería para acelerar la llegada de inversiones

En una fuerte apuesta por consolidar a la Argentina como un polo de atracción para capitales globales, el presidente Javier Milei firmó un decreto que flexibiliza el Régimen de Inversiones para la Actividad Minera, una normativa que se mantenía sin cambios estructurales desde hacía más de tres décadas. La reforma introduce modificaciones profundas en los procedimientos administrativos, aduaneros y fiscales con el objetivo central de dinamizar la producción de minerales estratégicos como el litio, el cobre, el oro y la plata.

A través de esta medida, que sustituye la reglamentación de 1993 de la Ley de Inversiones Mineras (N° 24.196), el Poder Ejecutivo busca remover los cuellos de botella burocráticos para dotar de mayor competitividad y previsibilidad al sector extractivo local.

Ejes centrales de la reforma normativa

1. Nuevas reglas para empresas y proveedores

El decreto redefine con mayor precisión los requisitos de inscripción en los registros oficiales.

  • Para los nuevos proyectos: Las empresas mineras deberán acreditar de manera fehaciente la titularidad del yacimiento y presentar los lineamientos básicos de su plan de desarrollo.
  • Para los prestadores de servicios: Los proveedores del sector tendrán la obligación de demostrar que un porcentaje mínimo de su facturación total proviene de actividades directamente vinculadas a la minería. Además, se implementará un mecanismo riguroso de intimación, suspensión y eventual baja del registro para aquellos que incumplan con sus obligaciones comerciales o fiscales.

2. Ampliación de la integración regional

Atendiendo a las distancias geográficas de los proyectos en el interior del país, la nueva norma extiende el límite territorial para considerar integrados los proyectos mineros a un radio de 500 kilómetros. El propósito de este cambio es robustecer la cadena productiva, facilitando la conexión física y operativa entre los yacimientos donde se extrae la roca y las plantas industriales donde se procesa el mineral.

3. Incentivos fiscales y devolución acelerada del IVA

En el plano impositivo, el Gobierno perfeccionó las reglas de juego fiscales al establecer que la fecha de inicio del beneficio de estabilidad se fijará en el momento exacto de la presentación del estudio de factibilidad (o de la información complementaria aprobada).

Asimismo, se dispuso una agilización sustancial para la devolución del Impuesto al Valor Agregado (IVA) acumulado durante la etapa de exploración. Para acelerar los desembolsos a las empresas que asumen el riesgo geológico, la documentación requerida se limitará exclusivamente a facturas y comprobantes de pago, eliminando por completo la vieja obligación de tener que informar previamente al Estado los trabajos exploratorios antes de realizarlos.

4. Sistema informático para importaciones exprés

Por último, el decreto introduce un cambio clave para el abastecimiento de insumos y bienes de capital. Se reemplaza el histórico y lento sistema de autorizaciones previas por una simple declaración jurada del importador, donde este dejará constancia del destino minero de los bienes ingresados al país. La validación de este trámite se realizará de manera automática a través de un sistema informático, reduciendo al mínimo los tiempos de espera en la Aduana.

Con información de El País.

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