
La persistente crisis hídrica en el norte de Chile empujó una transformación estructural en el modelo de abastecimiento industrial: el uso de agua de mar. Frente a un consumo en expansión —que la Comisión Chilena del Cobre (Cochilco) proyecta en un incremento de 18,5 $m^3/s$ en 2024 a 20,6 $m^3/s$ en 2034 para la minería del cobre—, la desalación se consolida como la principal alternativa. Hacia 2034, el agua marina representará el 67,6% del suministro hídrico del sector minero, superando ampliamente el 40,7% registrado en 2024.
Para dar marco normativo a este proceso, Chile promulgó en mayo de 2026 su primera Ley de Desalinización. Sin embargo, la comunidad científica y especialistas ambientales advierten que el ritmo de expansión industrial amenaza con rebasar los marcos de protección ecológica costera mientras se elaboran los reglamentos de la norma.
Un mercado en expansión acelerada
El dinamismo del sector minero aceleró las proyecciones y la tramitación de proyectos industriales. De acuerdo con datos del Servicio de Evaluación Ambiental (SEA):
- Proyectos aprobados: Entre enero y junio de 2026 se aprobaron 23 proyectos mineros por un monto de US$ 3.275 millones, casi duplicando las 13 iniciativas autorizadas en el mismo período de 2025.
- Proyectos en carpeta: En el primer semestre de 2026 ingresaron 34 nuevas iniciativas mineras al sistema de evaluación, que representan inversiones declaradas por más de US$ 18.000 millones.
- Capacidad desalinizadora: Al momento de la promulgación de la ley, la Asociación Chilena de Desalación y Reúso de Aguas (ACADES) contabilizaba 24 plantas operativas con una producción conjunta superior a los 11.000 litros por segundo, con proyecciones de incrementar la capacidad en un 30% a lo largo del año.
Advertencias científicas sobre los impactos marinos
Pese a que la nueva legislación crea la Estrategia Nacional de Desalinización, una concesión especial y exige el ingreso de proyectos industriales al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, investigadoras de la Pontificia Universidad Católica de Chile, la Universidad de Concepción y la Universidad Católica de Valparaíso señalan que persisten vacíos críticos en la normativa:
- Vertimiento de salmuera: La ley no fija límites máximos obligatorios para la concentración de sal en los efluentes devueltos al océano ni exige de forma vinculante la dictación de una norma de emisión específica para la salmuera.
- Efectos en la captación: Los sistemas de succión absorben fitoplancton, zooplancton, larvas y huevos, alterando la base de la trama trófica en los ecosistemas marinos antes de realizar el proceso de filtrado.
- Impacto acumulativo y capacidad de carga: La regulación evalúa los proyectos mayoritariamente de forma individual, dificultando la medición del impacto sinérgico de múltiples plantas e industrias operando sobre una misma bahía.
- Huella energética: Transportar agua desde la costa hasta las faenas mineras en altura demandará 5,4 TWh para 2034 (el equivalente al consumo anual de dos millones de hogares), aspecto donde la ley no fijó exigencias de eficiencia o uso exclusivo de energías renovables.
Con un plazo de 18 meses fijado para la elaboración de los reglamentos finales de la ley hacia 2027, la discusión se enfoca en conciliar la urgencia de seguridad hídrica para el desarrollo productivo en tierra con el resguardo de la biodiversidad marina en el borde costero.
Con información de Mongabay.


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