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Mendoza reglamentó el uso de terrenos estatales para la minería y fijó un canon exclusivo para la etapa de explotación

En un paso clave para ordenar el patrimonio inmobiliario público frente al avance de la actividad extractiva, el Gobierno de Mendoza reglamentó formalmente el uso de terrenos estatales vinculados a la actividad minera. La nueva normativa define los criterios de ocupación, uso y aprovechamiento de los inmuebles provinciales por parte de los operadores privados, buscando armonizar los derechos mineros con los intereses del patrimonio público.

La disposición es el resultado de un trabajo técnico articulado en el que intervinieron de manera directa la Dirección de Minería, la Dirección de Gestión de Bienes Registrables del Estado y la Fiscalía de Estado, entre otros organismos de control administrativo y legal de la provincia.

Criterios diferenciados para incentivar la exploración

El nuevo esquema legal introduce diferencias conceptuales y económicas sustanciales según la clasificación de los yacimientos y, fundamentalmente, la etapa de desarrollo en la que se encuentren los proyectos:

  • Minas de primera y segunda categoría: La reglamentación establece la aplicación de un canon de uso obligatorio, pero este regirá de manera exclusiva para aquellos emprendimientos que ya hayan alcanzado la etapa de explotación efectiva y hagan uso de los terrenos fiscales.
  • Beneficio para el riesgo minero: Las fases previas de prospección y exploración quedan totalmente eximidas de esta carga económica. El objetivo central de esta exención es evitar desincentivar la inversión privada en las etapas iniciales de los proyectos, caracterizadas por altos niveles de riesgo financiero e incertidumbre geológica.

Mayor control en la tercera categoría

Para las minas de tercera categoría (orientadas principalmente a canteras y materiales de construcción) que operen dentro de terrenos de propiedad del Estado, la norma incorpora parámetros objetivos para el cálculo de las contraprestaciones. Estas se determinarán en función de la producción real, el tipo de mineral explotado y la superficie total utilizada.

Asimismo, se implementarán nuevos mecanismos de declaración jurada y auditoría que apuntan a mejorar de forma sustancial la transparencia y la trazabilidad administrativa de estos recursos.

«La reglamentación establece igualdad de condiciones entre quienes operan en terrenos estatales y quienes lo hacen en inmuebles privados, buscando evitar tratamientos diferenciales injustificados y garantizar reglas homogéneas para el desarrollo de la actividad en la provincia», destacaron fuentes oficiales vinculadas al área de control de bienes públicos.

Con esta estructura legal, Mendoza busca dotar de previsibilidad técnica y jurídica al sector, asegurando que el Estado reciba una compensación justa por el uso de su infraestructura territorial en las etapas de rentabilidad comercial, sin asfixiar los trabajos de exploración e investigación geológica de base.

Con información de El Sol.

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