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«Impulsa Mendoza»: proyecto aprobado sobre la minería

Con una amplia mayoría se aprobó el nuevo Código de Procedimientos Mineros de Mendoza. Ahora pasa al Senado.

Ayer se conoció la redacción del proyecto que se votaría en el recinto referido al nuevo Código de Procedimientos Mineros de Mendoza. El texto original sufrió cambios y, finalmente, se aprobó el proyecto con modificaciones respecto al Consejo de Minería y el rol de Impulsa Mendoza.

Algunos puntos a tener en cuenta: el Consejo se mantiene como un órgano de consulta y de resolución en segunda instancia, pero el cambio que más demoró acordarse -y que retrasó la sesión- fue el que se refería al rol de la sociedad anónima estatal en el proceso de concesión de áreas mineras.

Impulsa Mendoza se hará cargo de las áreas que queden vacantes, con plazos específicos para hacer un llamado a licitación, pero sin la posibilidad de una sociedad con el concesionario.

Hay que tener en cuenta también que el Código tiene los siguientes puntos importantes:

-En todos los casos de caducidad o revocación de permisos de exploración o declaración de minas vacantes, por cualquiera de las causales previstas en esta Ley o el Código de Minería, previo a la publicación ordenada en el párrafo anterior, y de los artículos 71 y 131 del presente Código, deberá notificarse a la empresa minera Impulsa Mendoza Sostenible S.A.

-En el caso de optar por áreas de exploración cuyo derecho haya sido declarado caduco, la graficación provisoria en el Catastro Minero del pedido de Impulsa Mendoza Sostenible S.A. -o empresa del sector público provincial que la reemplace-, y el borrado del anterior derecho, se realizarán de manera simultánea. 

-En caso de que Impulsa Mendoza Sostenible S.A. -o la empresa del sector público provincial que la reemplace- no ejerciese el derecho de preferencia o expresamente manifestara a la Autoridad Minera que no ejercerá dicho derecho, o quedara el desierto el Concurso Público mencionado en el párrafo anterior, se publicará en el Boletín Oficial dicha circunstancia y el derecho quedará a disposición de cualquier persona interesada, pasados diez (10) días hábiles de aquella publicación.

Fuente: Memo

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